La foto es de Gaetano Virgallito |
Consideraciones para Iulia Pricope, estudiante del Màster en Estudis Avançats en Exclusió Social de la Universitat de Barcelona
¿QUÉ QUIERE DECIR "INTEGRACIÓN"?
Manuel Delgado
Creo que es pertinente que nos detengamos en qué es lo que deberíamos entender por integración, que sería básicamente ese mecanismo que, en el ámbito social humano, permite transitar de la pluralidad a la unidad -de la pluralidad de estilos de hacer y de decir, a la unidad de convivencia organizada, sometida a instrumentos de arbitrio consensuados, sobre todo cuando a la hora de aludir a lo que cabe esperar de los trabajadores extranjeros y sus familias que han venido a vivir entre nosotros. Puestos a elegir las más pertinentes de las acepciones disponibles al respecto, escogería las más realistas y las menos ambivalentes. De entrada, se enfatizaría aquella que señala que integración significa, ante todo, integración legal, es decir reconocimiento de derechos de ciudadanía de los que nadie debería verse privado. Por supuesto que los obstáculos legales y la situación de incertidumbre que se imponen a los trabajadores y las trabajadoras inmigrantes y sus hijos son un impedimento crónico de cara a una incorporación a la vida social sin trabas y en términos de una cierta normalidad. En segundo término, entenderíamos por integración la apropiación de espacios sociales ascendentes, es decir la posibilidad de desplazarse hacia arriba en la escala de las posiciones sociales, promocionarse, mejorar las condiciones de vida propias y de los descendientes.
Es significativo que ninguna de estas dos acepciones de la noción de integración aparezca hoy por hoy debidamente subrayada como fundamental a la hora de hablar de las personas provenientes de los países más pobres, que han venido atraídas por los requerimientos de nuestro mercado de trabajo. Esta integración que haría de ellos seres humanos iguales, es decir con todos los derechos y deberes del resto de habitantes del país- es legalmente negada y el recién llegado -a veces no tan recientemente- ve constantemente como le niegan o regatean prestaciones sociales básicas como consecuencia de su situación jurídica.
La integración que haría de quien llega para trabajar en un país una persona en condiciones de mejorar sus condiciones de vida -encontrar empleo digno, vivienda, formación, condiciones para fundar una familia- también se ve obstaculizada por todas las contingencias que la relegan a los rincones más empobrecidos y vulnerables de la estructura socioeconómica. En cambio, al tiempo que se soslayan las dimensiones legales, laborales, higiénicas, habitacionales, educativas, sanitarias, etc. de la integración concreta de los trabajadores extranjeros en la sociedad que los acoge y de la que pasan a formar parte, se insiste cada vez más en los problemas que implica su integración en un ámbito mucho más abstracto y que es una supuesta configuración moral congruente y vertebradora que se supone que constituye la personalidad misma de la sociedad de acogida. Este espíritu constitutivo puede ser bien una imaginaria identidad cultural, histórica y culturalmente determinada, o, cada vez más en la actualidad, un conjunto de principios abstractos para la correcta orientación ética de las conductas y los lenguajes y en la que las invocaciones místicas a las viejas verdades idiosincrásicas se ven sustituidas por no menos soteriológicas alusiones a los valores de la tolerancia, los derechos humanos, el civismo, etc. Tanto en un caso como en otro vemos como se da por supuesto que el ámbito al que despojado que llega debe adherirse para ser considerado "integrado" se define precisamente por su inefabilidad, en la medida que nunca queda del todo claro ni en qué consiste tal incorporación, ni en qué momento debe darse por realizada.
La idea de integración establece -o más bien debería establecer- que, aunque hay diferentes identidades culturales presentes en la sociedad -étnicas, ideológicas, religiosas, sexuales, incluso basadas en afecciones, modos o gustos-, ninguna de ellas reclama la exclusividad sobre el espacio público. La integración puede consistir en la asunción de unas normas comunes por parte de individuos y comunidades, que las han negociado con el fin de hacer posible la colaboración entre ellos, o sencillamente su copresencia. Huelga decir que se entiende que estas normas pueden ser reinterpretadas y renovadas cuando convenga, puesto que reconocen la necesidad de coincidir en algunas cosas a la hora de resolver asuntos comunes, aunque esta confluencia se produzca en términos distintos para cada comunidad diferenciada. Se trata de la construcción de formas institucionales reducidas al mínimo, pero suficientes para asegurar el ejercicio pacífico de la convivencia en cuanto se brindan para articular la pluralidad a su alrededor.
Pero es la esfera económica es aquella en la que la coincidencia integradora resulta insoslayable. El mercado y las relaciones de producción son marcos unitarios de los que nadie puede escapar, por muy diferente que se considere. Es en ese escenario en que dirime en qué términos se produce esa integración, si en los de explotación de quienes trabajan y exclusión de quienes no lo hacen o en el de un sistema que haga el acceso al bienestar idéntico para todos y todas.